Este sábado 27 de junio se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial, cuyo contenido incluye medidas de interés empresarial para diversas situaciones:
- Se regulan las condiciones para prorrogar los ERTE hasta 30/09/2020, diferenciando los de Fuerza Mayor autorizados antes de 01/07/2020 de los que pueden ser autorizados a partir de julio en caso de rebrotes de la COVID-19.
- Se regula la transición desde ERTE por causa de fuerza mayor a ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas relacionadas con la COVID-19.
- Se prorroga hasta 30/09/2020 la regulación restrictiva de los despidos y las extinciones de contratos de trabajo de duración determinada, añadiéndose ahora la prohibición de realizar horas extras y nuevas contrataciones o nuevas externalizaciones cuando la empresa se halle acogida a un ERTE.
- Se extiende la cláusula de salvaguarda del empleo para los ERTE ETOP de empresas acogidas a exenciones de cotización a la Seguridad Social.
- Se prorroga la protección por desempleo general (contador a cero) hasta 30/09/2020 y la protección por desempleo del personal fijo discontínuo hasta 31/12/2020.
- Se regula las prestaciones y exenciones por COVID-19 para autónomos y para autónomos de temporada.
La nueva normativa entró en vigor el mismo día de su publicación en el BOE, y también incluye diversas previsiones sobre diálogo social, refiriéndose a cuatro mesas en las que el Gobierno y los agentes sociales abordarán medidas tendentes a la creación de empleo.
Fuente: Circular de Confecomerç C.V.
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