Actualizados los criterios de actuación para la detección, vigilancia y control de COVID-19

criterios de actuación para la detección, vigilancia y control de COVID-19
Criterios de actuación. Imagen de archivo.
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El Ministerio de Sanidad ha actualizado su Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de COVID-19, en el que se detallan los pasos a seguir para detectar casos de la enfermedad, el procedimiento de notificación y el manejo de los contactos. 

Del documento destaca: 

  • Aunque se sigue manteniendo la consideración de contacto estrecho de aquellas personas que hayan estado en el mismo lugar que un caso, a una distancia menor de 2 metros y durante más de 15 minutos, se incluye la posibilidad de que el servicio de prevención o el responsable designado a tal fin, realice una valoración individualizada respecto al seguimiento de las medidas de prevención, incluido el uso correcto y continuado de la mascarilla.
  • Se elimina la consideración general de actividades esenciales incluida en el anterior borrador (personal sanitario, sociosanitario, personal de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, personal de centros educativos, etc.) para los que si el PCR daba negativo no tenían que continuar en aislamiento y se podían reincorporar, estableciéndose en su lugar que serán las CCAA las que podrán establecer pautas de seguimiento específicas ante contactos que realicen actividades consideradas esenciales.
  • Por lo que respecta al ámbito laboral, en este documento se detalla que los trabajadores que no sean sanitarios o sociosanitarios, que sean casos confirmados, “serán manejados de la misma forma que la población general en cuanto al aislamiento. El seguimiento y el alta serán supervisados por su médico de atención primaria o del trabajo, de la forma que se establezca en cada comunidad autónoma”.
  • Respecto a los estudios de cribado, en la página 10 del documento NO se recomienda la realización de cribados mediante la realización de PCR o técnicas serológicas, “por las dificultades de interpretación de los resultados en personas asintomáticas y de bajo riesgo y las implicaciones en su manejo. Los  casos excepcionales serán siempre bajo recomendación de las autoridades de salud pública”.

Sanidad también ha actualizado Guía de actuación ante la aparición de casos de COVID-19 en centros educativos, en el que se recogen las pautas generales de actuación ante la detección de un caso de COVID-19, pautas que pueden modificar las Comunidades Autónomos.

Consulta también el Criterio Técnico número 103/2020 de la Inspección de trabajo, sobre actuación inspectora para el control del cumplimiento en las empresas de las medidas de prevención e higiene establecidas por causa de la COVID-19.


Fuente: Circular Confecomerç C.V.

Vicente Navalón Pardo
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Per tradició familiar fuster, per voluntat propia llibrer, per vocació informàtic. Actualment treballe a l'Associació de Comerciants de Benetússer com administratiu e informàtic. Intente tirar una maneta als comerços que tenen interès en digitalizar-se. A més duc un blog dedicat a l'Advaita, no dualitat i temes semblants.

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