Indice de contenidos / Index de continguts
La Conselleria de Sanidad ha prorrogado y ampliado la exigencia del certificado COVID para acceder al interior de determinados locales en la Comunitat Valenciana. En concreto, habrá que presentarlo a partir de este viernes 24 de diciembre de 2021 y hasta el 31 de enero de 2022 para entrar a establecimientos del sector de la hostelería, con independencia de su aforo, así como a cines, circos, casales y sedes festeras y gimnasios, entre otros.
Establecimientos afectados
Actividades hosteleras y de restauración (cualquiera que sea su aforo)
- Salones de banquetes
- Restaurantes
- Café, bar
- Cafeterías
- Establecimientos públicos ubicados en zona marítimo-terrestre
- Salón-lounge
Las terrazas están excluidas, salvo en el caso de salones de banquetes y lugares cerrados y abiertos donde se preste servicio de comida o bebida, por empresa de negocio (catering, self-service…) o por empresa de hostelería y restauración que preste este tipo de servicio.
Actividades de ocio y entretenimiento (con aforo de más de 50 personas)
- Salas de fiestas
- Discotecas
- Salas de baile
- Pubs
- Ciber-café
- Establecimiento de exhibiciones de contenido erótico
Actividades recreativas y de azar (con servicio de restauración)
- Casinos de juego
- Salas de bingo
- Salones recreativos de máquinas de azar tipo A y B
- Salones de juego
- Tómbolas y similares
- Salones cíber y similares
Nuevos locales afectados
- Cines, salas multifuncionales, circos y sedes festeras, donde se preste durante el desarrollo de la actuación, actividad o uso del local, servicio de comida o bebida por establecimiento de hostelería y restauración, por empresa de negocio (catering, self-service….), por medios de la propia organización, o se consuma comida o bebida aportados por las propias personas.
- Festivales de música que se celebren en espacios cerrados y en espacios al aire libre donde no sea factible el uso de mascarilla de forma permanente.
- Espacios con servicio de restauración ubicados en alojamientos turísticos, instalaciones deportivas y centros especializados de Atención a Mayores (CEAM), centros integrales de Mayores (CIM) y centros asimilados como clubes de convivencia para personas mayores y similares.
- Gimnasios donde es necesario el uso permanente de la mascarilla y piscinas cubiertas.
Respecto de los eventos deportivos, se estará a la ordenación prevista en las resoluciones vigentes dictadas por la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública en materia de salud pública, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la covid-19.
Mascarilla obligatoria en exteriores
El Consejo de Ministros extraordinario celebrado este jueves 23 de diciembre ha aprobado un nuevo Real Decreto-ley que establece el uso obligatorio de la mascarilla en exteriores, con independencia de la distancia de seguridad.
Este acuerdo, consecuencia de la XXV Conferencia de Presidentes celebrada telemáticamente desde el Senado el miércoles 22 de diciembre, viene motivado por el cambio de situación en relación a la pandemia provocada por la COVID-19, con un incremento de contagios en toda Europa y en el resto del mundo y el surgimiento de la variante la Ómicron.
Este Real Decreto-ley modifica el artículo 6 de la ley 2/21 y recupera la obligatoriedad del uso de la mascarilla en espacios exteriores, en personas mayores de 6 años, en espacios al aire libre de uso público o que se encuentre abierto al público, salvo que se practique deporte individual o cuando se esté en espacios naturales, durante la realización de actividades de carácter no deportivo, siempre que se mantenga la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes.
Se trata de una medida de carácter temporal, que entra en vigor el día 24 de diciembre y estará vigente durante el tiempo imprescindible hasta que mejore la situación epidemiológica actual.
El uso de la mascarilla ya es obligatorio en espacios cerrados de uso público, en espacios cerrados abiertos al público, en los medios de transporte público de cualquier tipo, así como privado complementario de hasta 9 plazas, si los ocupantes no conviven en el mismo domicilio.
Más información
- RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la cual se publica la Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se prorroga y se amplía la Resolución de 25 de noviembre de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerdan medidas en materia de salud pública respecto del acceso a determinados establecimientos en el ámbito de la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la covid-19
- RESOLUCIÓN de 1 de diciembre de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la cual se publica la Resolución de 25 de noviembre de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerda medidas en materia de salud pública respecto del acceso a determinados establecimientos en el ámbito de la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19
- Referencia del Consejo de Ministros
- Real Decreto-ley 30/2021, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes de prevención y contención para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19
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