Las Delegaciones de Economía y Hacienda podrán conceder aplazamientos y/o fraccionamientos del pago de deudas de naturaleza pública, no tributarias ni aduaneras, derivadas del reintegro y/o reembolso de ayudas (por ejemplo, por ERTE) o de préstamos concedidos por la Administración General de Estado (por ejemplo, ICO), con dispensa de garantía.
Para ello, se debe haber sufrido periodos de inactividad, reducción en el volumen de ventas o interrupciones en el suministro en la cadena de valor derivadas de la crisis del COVID-19.
Fuente: Circular de Confecomerç
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